Medicina del trabajo: Recuerda que...

Recuerda que...

Los trabajadores del sector docente deben conocer sus derechos y obligaciones en materia de protección de su seguridad y salud. La Ley de Prevención de riesgos Laborales es una ley de salud que garantiza a todos una vigilancia sanitaria en función de los riesgos específicos que se han evaluado.

El daño de origen laboral es competencia de la Medicina del Trabajo pero, para ejercer actuaciones preventivas eficaces, los sanitarios deben trabajar multidisciplinarmente con el resto del Servicio de Prevención y con otros profesionales sanitarios o no relacionados con la salud laboral.
Toda la actividad sanitaria en esta materia debe dirigirse a la prevención en primer lugar. También es preciso diseñar estrategias de gestión que conduzcan a un planteamiento moderno dentro de la promoción de la salud ya que los factores laborales y extra-laborales se solapan con elevada frecuencia.

Es preciso recordar que, en el sector docente, existen patologías relacionadas con el trabajo que no son reconocidas –todavía- como tales (síndrome del quemado, acoso laboral, disfonías, depresiones, etc.)

Conviene conocer en forma básica nuestro sistema sanitario y de seguridad social para ubicar –en cada caso- el daño laboral: accidentes y enfermedades profesionales, enfermedad común, accidentes no laborales, etc., así como los diferentes tipos de incapacidad (temporal o permanente) con sus grados y aspectos laborales indemnizatorios.

De gran interés, para las actuaciones preventivas futuras, es el conocimiento y la formación en primeros auxilios, necesario para garantizar en los centros educativos la implantación de planes de autoprotección exigidos por la legislación vigente.

Recuerda que...

Los trabajadores del sector docente deben conocer sus derechos y obligaciones en materia de protección de su seguridad y salud. La Ley de Prevención de riesgos Laborales es una ley de salud que garantiza a todos una vigilancia sanitaria en función de los riesgos específicos que se han evaluado.

El daño de origen laboral es competencia de la Medicina del Trabajo pero, para ejercer actuaciones preventivas eficaces, los sanitarios deben trabajar multidisciplinarmente con el resto del Servicio de Prevención y con otros profesionales sanitarios o no relacionados con la salud laboral.
Toda la actividad sanitaria en esta materia debe dirigirse a la prevención en primer lugar. También es preciso diseñar estrategias de gestión que conduzcan a un planteamiento moderno dentro de la promoción de la salud ya que los factores laborales y extra-laborales se solapan con elevada frecuencia.

Es preciso recordar que, en el sector docente, existen patologías relacionadas con el trabajo que no son reconocidas –todavía- como tales (síndrome del quemado, acoso laboral, disfonías, depresiones, etc.)

Conviene conocer en forma básica nuestro sistema sanitario y de seguridad social para ubicar –en cada caso- el daño laboral: accidentes y enfermedades profesionales, enfermedad común, accidentes no laborales, etc., así como los diferentes tipos de incapacidad (temporal o permanente) con sus grados y aspectos laborales indemnizatorios.

De gran interés, para las actuaciones preventivas futuras, es el conocimiento y la formación en primeros auxilios, necesario para garantizar en los centros educativos la implantación de planes de autoprotección exigidos por la legislación vigente.

Recursos II

Si la exposición continúa y las medidas preventivas no varían, la progresión del daño llevará a un pronóstico inevitable: “la afectación de las frecuencias auditivas conversacionales”, la sordera se instalará progresivamente y -en el mejor de los casos- se deberá dotar al trabajador de una prótesis auditiva como único tratamiento, separándolo del ruido de su puesto de trabajo. En otros riesgos, como la exposición a sustancias químicas, la carga manual o los sobresfuerzos, la aparición de síntomas o signos clínicos conlleva una tercera fase Asistencial y/o Rehabilitadora, desde la Medicina del Trabajo u otras especialidades médicas (Prevención terciaria. Objetivo: Mejorar la calidad y esperanza de vida).

Algunos ejemplos: Una lesión por traumatismo con caída en el patio de un colegio será un accidente de trabajo. También lo será una toxiinfección alimentaria cuya causa se encuentre en la comida servida a los docentes en el comedor colectivo del centro. Pero también lo será, ya que la obsoleta e indemnizatoria legislación actual no nos permite otra posibilidad, una disfonía por fatiga vocal. Todo ello con independencia de si causa baja laboral o no.
Consideremos un profesor de educación física que sufre un accidente no laboral (en competición deportiva de ocio) con una rotura completa de menisco (cartílago de la rodilla) y ligamentos laterales. Una vez rehabilitado y de alta laboral, es posible que haya que limitar ciertas actividades docentes temporalmente (deportes de contacto) y –sin embargo- podría dar clases indicando tablas de gimnasia o técnicas a sus alumnos, incluso podría realizar con ellos otros deportes con menor riesgo específico. Esta adaptación, limitación de tareas en algunos casos, es relevante y es el nexo entre un accidente no laboral previo y los riesgos a los que se expone día a día en su puesto de trabajo, bien sea en forma temporal o permanente.
De especial interés, ya que las causas congénitas son de gran frecuencia, debe considerarse la cuestión en la adaptación a la docencia de cualquier tipo de trabajador discapacitado.

Un ejemplo: Una insuficiencia venosa crónica de miembros inferiores en una docente, por bipedestación sostenida y prolongada, tendría su base - en parte- en factores genéticos, incluso podría ser influida por factores extra-laborales (embarazos, sedentarismo, anovulatorios etc.); pero la presencia de un riesgo ergonómico evaluado y de un periodo de exposición largo en la vida laboral, asociado a signos y síntomas que producen incapacidad funcional y temporal, nos pueden - y deben- obligar a relacionarla con el puesto y las condiciones de trabajo. Normalmente será catalogada de enfermedad común y –ni siquiera- se la considerará accidente laboral.

Otros ejemplos, con causas relacionadas con las condiciones de trabajo, pueden englobar numerosas patologías musculo-esqueléticas por factores ergonómicos, como lumbalgias, cefaleas, fatiga visual etc.; o bien psicosociales, como los síndromes de ansiedad, la depresión etc.

Recursos III

Ejemplos de esta función en el sector docente serían: establecer la incidencia y la prevalencia de alteraciones psíquicas con repercusión en bajas laborales (ansiedad, depresión y otras) a partir de auto-cuestionarios de percepción de riesgo cumplimentados por los trabajadores y de los datos y diagnósticos de las bajas laborales recopiladas por la inspección sanitaria. El estudio de la frecuencia de alteraciones clínicas –sintomáticas o no- compatibles con fatiga vocal por uso profesional de la voz que también se relacionen con estrés, ruido en el centro de trabajo o falta de formación preventiva adecuada etc.
Las actividades que desarrollan las administraciones públicas dentro de sus respectivos ámbitos de competencia para controlar y realizar el seguimiento de las enfermedades y lesiones profesionales, responden a este concepto. Este tipo de vigilancia se basa en una población: la población activa, sus sectores y subsectores de actividad económica. Los episodios registrados son generalmente diagnósticos sospechados o establecidos de enfermedad y/o lesión profesional.
No debe confundirse con la realización de exámenes clínicos de salud (reconocimientos médicos), ya que se puede llevar a cabo a través de otras técnicas y procedimientos como las encuestas de salud, los controles biológicos etc. Esta es una reducción condicionada por la experiencia de las últimas décadas en la práctica de reconocimientos generales por parte de las Mutuas sin ninguna relación con las condiciones de trabajo pero “gratuitos”, especialmente en el mundo de la empresa más que en las administraciones públicas. Por ejemplo, el diagnóstico de un caso de una dermatitis de contacto irritativa (no alérgica) en un profesor de química, puede ser un signo de alerta que indique que la exposición a determinados productos, incorporados a una clase práctica, es perjudicial para su salud, a que probablemente no maneje adecuadamente dichos productos y/o a que no utiliza habitualmente guantes protectores. La identificación de este caso, además, puede contribuir a la toma de decisiones preventivas a nivel colectivo (por ejemplo, un cambio en los productos que se estén utilizando y/o en los procedimientos para su manejo) y/o individual (por ejemplo, la correcta protección con guantes de goma). También, su identificación permitirá el tratamiento médico adecuado de la dermatitis en este trabajador y la recomendación de medidas de prevención individual, como por ejemplo el cambio de lugar de trabajo si la protección con guantes de goma no fuera suficiente o resultara alérgico a sus materiales de confección (goma, látex), con el fin de evitar crisis sucesivas o un empeoramiento de su pronóstico que, entre otras consecuencias, le pudiera incapacitar para seguir trabajando.
Nos puede parecer que la incorporación a la enseñanza de ordenadores con Pantallas de visualización de datos es de un riesgo “bajo”, al menos en forma inmediata. No sabemos todavía las consecuencias reales de una exposición crónica (una vida laboral completa) que –con el tiempo- se determinarán. Los factores ergonómicos y psicosociales emergen como la causa más frecuente de daño laboral en nuestra sociedad occidental. El seguimiento epidemiológico de las colectividades laborales expuestas es la única forma de poder revisar y establecer las relaciones causales entre el riesgo y sus factores y el posible daño para la salud.

Recursos IV

El objetivo de la Vigilancia de la Salud es contribuir a una protección eficaz de la seguridad y salud de los trabajadores, como exige la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Para ello debe establecerse un conjunto de actividades integradas en la empresa o administración pública, cuyos resultados formarán parte de un sistema de información que permita, entre otras cuestiones:
Entre los trabajadores especialmente sensibles se encuentran las trabajadoras embarazadas, con reincorporación rápida postparto o lactancia, los discapacitados de todo tipo (minusválidos e inválidos calificados) y aquellos trabajadores con enfermedades crónicas, en convalecencia o con determinados tratamientos ocasionales o habituales por enfermedades comunes, profesionales o accidentes laborales o no.
Por ejemplo, la incidencia de problemas músculo-esqueléticos en las posturas sostenidas, bipedestación prolongada de los docentes, relacionadas con problemas de organización horaria o distribución de clases. O la relación entre las crisis de ansiedad generalizada y el riesgo de agresión psíquica verbal en las aulas.
La Ley de Prevención y el Reglamento de los Servicios de Prevención prevén la necesidad de determinar por parte de los profesionales sanitarios acreditados la aptitud (idoneidad) de cada trabajador para exponerse a los riesgos evaluados de su puesto de trabajo a partir de los datos de su vigilancia individual. Los certificados de aptitud o idoneidad se renuevan con una periodicidad aconsejada por el Ministerio de Sanidad, ante cualquier cambio de exposición o por cambios en la salud del trabajador que puedan influir en su reasignación al puesto de trabajo. Si en la planificación preventiva se ha tenido en cuenta –por ejemplo- la formación de los trabajadores docentes en técnicas que prevengan la fatiga vocal por movimientos repetidos (o sobresfuerzo) y encontramos un número significativo de docentes que en su vigilancia periódica manifiestan antecedentes personales recientes (en los últimos tres meses o doce) e –incluso- detectamos más bajas por estas patologías ( disfonía, afonía, nódulos vocales, laringitis etc.) hemos de plantearnos si las medidas ejecutadas fueron eficaces para disminuir el daño de origen laboral. La presencia de más incidencia y prevalencia en nuestros datos colectivos indica un fracaso preventivo de causa única o multifactorial.
Los métodos de cribaje rápido se hicieron populares para el reclutamiento de milicias en la primera guerra mundial. Décadas después fueron reinventados por las compañías de seguros de EE.UU., a la vista del coste actuarial imparable de las enfermedades cardiovasculares. Se desarrollaron test y pruebas complementarias, así como marcadores analíticos, de los que se esperaba una respuesta rápida para el cálculo de las primas en función de la esperanza de vida que podía esperarse ante hallazgos clínicos directos. Como se ve, todo lo contrario al fin preventivo que debía presidir la actuación sanitaria. Se añadió la utilización de los reconocimientos médicos genéricos como producto de compensación económica para las empresas que veían así “aliviada” su aportación a las Mutuas en el pago de cuotas sociales para proteger el accidente y la enfermedad profesional, satisfaciendo la necesidad de atención preventiva de los trabajadores. El hecho de ser “gratis”, hasta hoy, ha sido un elemento de competencia entre entidades sin ánimo de lucro como algunas Mutuas, y ha generalizado la creencia de su validez preventiva, ocultando la escasa relación con la protección de la seguridad y la salud en función de los riesgos laborales a los que se expone cada trabajador en su puesto. Finalmente, los trabajadores han hecho –en muchas ocasiones- una utilización funcional de las pruebas practicadas, aportando al médico de cabecera o al especialista lo que les constaba tiempo y –en ocasiones- dinero de conseguir por vía normal. Un ejemplo: Si se puede optar entre los voluntarios, el médico del trabajo deberá determinar la aptitud para prestar primeros auxilios en función del conocimiento de la historia clínico-laboral de cada trabajador. En principio, y salvo situaciones especiales, determinadas enfermedades o características psico-físicas pueden aconsejar no hacerlo. Sería el caso de las epilepsias, los discapacitados psíquicos, físicos o algunos sensoriales (se estudia cada caso), los cardiópatas con antecedentes de infarto o angina de pecho, aquellos que presentan labilidad neurovegetativa (se desmayan al ver sangre) etc.