ESTATUTO DE LOS TRABAJADORES

En términos generales, entendemos por estatuto a aquel conjunto de leyes que se redactan y hacen públicas en una sociedad para ser respetadas y tomadas en cuenta por todos los ciudadanos de la región a la que se haga referencia. Sin embargo, yendo a mayores especificidades, podemos decir que el estatuto es una forma menor de leyes ya que por lo general se redacta en el marco de una región, ciudad o área específica, así como también puede ser el conjunto de leyes que rigen a una institución o entidad de manera particular. El estatuto, por tanto, puede encontrarse en la mayoría de los casos supeditado a un conjunto de leyes mayores como la constitución nacional de cada país.

El estatuto está organizada básicamente para legislar sobre cuestiones específicas o para determinadas instituciones, no siendo válido fuera de ellas. Un ejemplo de tal situación puede ser un estatuto que funciona dentro del sindicato de los obreros metalúrgicos pero que no se aplica a todos los sindicatos de una región. Al mismo tiempo, un estatuto puede ser un conjunto de leyes que se aplica sobre todos los ciudadanos de una localidad específica, por ejemplo en la ciudad de Buenos Aires pero no en la ciudad de Córdoba.

Así, cada estatuto local o específico busca plantear legislación sobre aspectos particulares y característicos de la región o entidad en cuestión en pos de favorecer la resolución de conflictos (o directamente evitarlos) de manera más concreta y clara, situación que no siempre sucede con los grandes compendios de leyes generales para toda una nación.

Los estatutos pueden ser más o menos rígidos dependiendo del espacio en el que se aplique. Al mismo tiempo, existen estatutos que no son oficiales pero sí sirven de manera informal para dar cierto orden a las actividades de una entidad o institución.

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